jueves, 11 de febrero de 2010

CASO FOXÁ

Sevilla, 10 feb (EFE).- La Policía de Sevilla ha certificado quelas asociaciones promotoras del homenaje a Agustín de Foxá "notienen vínculos ni ideología franquista, racista o xenófoba", por loque el abogado denunciante ha pedido a la juez que impute a las dosconcejales que les atribuyeron tal comportamiento. Fuentes del caso han informado a Efe de que la Brigada de PolicíaJudicial, en un informe solicitado por la juez de instrucción 6, hacertificado que, una vez consultadas todas sus bases de datos, lasasociaciones culturales Ademán y Fernando III no tienen "vínculos nirealizan actos de ideología o apología franquista, racista oxenófoba". El informe se ha producido dentro de la denuncia de ambasasociaciones por la negativa del Ayuntamiento de Sevilla a ceder unlocal municipal para un homenaje al escritor Agustín de Foxá, enoctubre de 2009, que los responsables municipales justificaron porsu pasado franquista y por respeto a la Ley de la Memoria Histórica. La juez a quien ha correspondido la denuncia ha citado el próximo17 de mayo, como testigo, a la directora del Centro Cívico El Tejardel Mellizo, donde se iba a celebrar el acto, pero en cuanto a lasconcejalas Josefa Medrano (IU) e Isabel Montaño (PSOE) únicamenteles notificó la denuncia a los efectos del artículo 118 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal. Dicho artículo prevé notificar al interesado "la admisión dedenuncia o querella y cualquier actuación procesal de la que resultela imputación de un delito" al objeto de que puedan articular mediosde defensa si lo desean. Ahora, sin embargo, los denunciantes piden a la juez que cite aambas como imputadas, a la vista de su declaración ante la Policía. Según dicho informe, Medrano, asistida de letrado, declaró a laPolicía que "ella dedujo que se iba a producir una apología delfranquismo", y Montaño, también asistida de abogado, mantuvo que losconvocantes "pretendían exaltar los valores del franquismo", y quela prohibición tenía por objeto "cumplir la Ley de Memoria Históricaque prohíbe la exaltación de los valores del franquismo". Los denunciantes añaden en su escrito que la propia Montaño acusóante los medios de comunicación a Ademán de ser "una formación deconocido carácter ultraderechista". El abogado José Manuel Sánchez del Aguila, en nombre de Ademán,asegura que denominar "ultraderechista" a una asociación es "unaexpresión socialmente afrentosa y grave, pues la opinión pública larelaciona con grupos de carácter violento y xenófobo". Por ello, considera demostrada la existencia de los delitos deprevaricación y contra las libertades públicas, y en el caso deMontaño otro del artículo 510 del Código Penal al "difundirinformación injuriosa contra una asociación en relación a suideología"

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